Al momento de comprar un coche nuevo o de segunda mano, es posible que si no cuentas con el dinero suficiente, tengas que firmar un contrato de señal de compra de vehículo. A este acuerdo se le conoce como arras y se caracteriza por la entrega de un porcentaje del valor del coche (señal).

¿Qué es el contrato de señal de compra de vehículo?

Los contratos de arras se utilizan para diferentes operaciones comerciales que tienen como fin la adquisición de bienes. De ahí que sea posible encontrar las arras en la compraventa de inmuebles, pero también en la de vehículos. Se trata de una especie de compromiso de compraventa; por una parte, el vendedor se compromete a «reservar» el coche escogido por el vendedor; a la vez, el comprador adquiere el compromiso de adquirir el vehículo dentro del plazo establecido en el contrato de señal de compra de vehículo. El contrato se formaliza con la entrega de una señal, es decir, una parte del precio del coche.

El desembolso que hace el comprador debe anotarse y también debe entregarse el recibo, con la fecha y hora, de que se han abonado las arras en concepto de reserva. Si vas a comprar un coche, ten en cuenta que te estás comprometiendo a adquirir el coche en el futuro y que, de no hacerlo, puede haber consecuencias legales. ¿Y qué ocurre con la señal entregada? No te preocupes, pues si sigues adelante con la compraventa, esta señal se descuenta del importe total del vehículo. Las arras son una mera garantía para las partes.

¿Cuándo firmar un contrato de señal de compra de vehículo?

No todas las personas cuentan con el dinero necesario para hacer la compra de un coche al contado. Es posible que necesites más tiempo para reunir el dinero, pero quieres reservar el coche de una vez para que el vendedor no lo ofrezca a una segunda persona. Generalmente el contrato de señal de compra de vehículo lo firman aquellas personas que buscan la financiación de un banco. Como ocurre con las hipotecas de las casas, los préstamos para la compraventa de vehículo que ofrecen los bancos u otras instituciones financieras suelen pedir información sobre el bien a comprar. En este caso, al banco le gustaría saber qué coche está pagando, así como el precio del mismo para conocer si eres o no capaz de pagarlo en el un plazo establecido.

Sé realista al momento de firmar el contrato de arras. Esto es porque es posible que no obtengas el dinero que te falta en el plazo convenido en las arras y, entonces, puede haber consecuencias para ti. Si vas a solicitar un crédito al banco, consulta con ellos los requisitos antes de firmar nada.

Por otra parte, las arras para los coches se estipulan en un 10%, pero este importe puede variar y es posible que el vendedor te pida solo un 5% o hasta un 15%. De esta manera, si compras un coche de ocasión que cuesta 10.000 euros, tendrás que entregarle al vendedor 1.000 euros al momento de firmar el contrato de señal de compra de vehículo.

Tipos de arras

Existen tres tipos diferentes de arras que puedes firmar. Presta mucha atención a todos, pues pueden afectarte de diversas maneras. Las arras pueden ser:

  • Confirmatorias. Estas arras sirven para reforzar un contrato y, como su nombre indica, cualquiera de las partes puede exigir el cumplimiento la obligación contraída si la otra parte decide no seguir adelante con la operación comercial. Si una de las partes desiste, la otra puede pedir judicialmente que se obligue a ejecutar la transacción.
  • Penales. Las arras penales son similares a las confirmatorias, pero establecen una penalización para la parte que incumpla. Dicha penalización se establece en contrato.
  • Penitenciales. Son las arras más nobles, jurídicamente hablando. Las partes, aunque obligadas por contrato, no pueden pedir judicialmente que se resuelva la operación comercial. Si el comprador ya no quiere seguir adelante, pierde la señal; pero si es el vendedor quien no desea continuar la compraventa, deberá devolver la señal por duplicado.

Partes del contrato de señal de compra de vehículo

Un contrato de señal de compra de vehículo debe incluir las siguientes partes:

  • Datos del comprador y vendedor, con su correspondiente identificación oficial en vigor.
  • Fecha de celebración del contrato.
  • Datos del vehículo. Aquí debe especificarse la marca, el modelo, la versión, el color, número de bastidor, matrícula y seguro. La matrícula y el seguro aplican para los casos en los que el coche sea de ocasión y/o entre particulares.
  • Precio de compra del coche (primera adquisición) y precio de venta.
  • Estado y condiciones del vehículo.

Para que el contrato tenga validez, es importante firmarlo ante notario o, en el caso de celebrarse ante un concesionario, solicitar a la persona responsable la lectura del mismo y la aclaración de dudas. Es importante que se guarden tres copias del contrato: una para el comprador, otra para el vendedor y otra para futuras gestiones que puedan haber, como el cambio de titularidad ante la DGT.